viernes, 12 de julio de 2013

Cómo obtener la ciudadanía Argentina

Requisitos para Obtener la Ciudadanía Argentina

- Ser mayor de dieciocho años.
- Tener dos años de residencia ininterrumpida y documentada en el país, certificada por la Dirección Nacional de Migraciones.

 Documentación necesaria para solicitar la Ciudadanía Argentina

- Partida de nacimiento legalizada por el consulado argentino en el país de origen.
- Fotocopia de D.N.I., cédula, pasaporte.
- Certificado de domicilio original.
- Justificación de medios de vida: contrato de trabajo, certificado de trabajo actual o recibo de sueldo. En caso de ser autónomo, fotocopia de comprobante de aportes.
- Si tiene hijos argentinos, acompañar fotocopia de las partidas de nacimiento y certificado de Migraciones.

Para su comodidad la documentación es tramitada íntegramente por el estudio.

Si desea verificar que su situación posea encuadre jurídico a la realidad argentina escríbanos y lo podremos asesorar sin cargo.

jueves, 11 de julio de 2013

Criterios de radicación temporaria en Argentina

Radicaciones NO MERCOSUR Temporaria
(resto del mundo excepto países miembros y asociados al MERCOSUR)
  • Trabajador Migrante
  • Pacientes bajo tratamiento médico
  • Rentista
  • Académicos
  • Pensionado
  • Estudiantes
  • Inversionista
  • Asilados y refugiados
  • Científicos y personal especializado
  • Razones humanitarias
  • Deportistas y artistas
  • Especiales
  • Religiosos
  • Reunificación familiar temporaria

Todos aquellos extranjeros NO nativos de los países miembros y estados asociados al MERCOSUR deberán iniciar sus solicitudes de residencia en el Departamento Gestión de Trámites NO MERCOSUR de la Dirección de Radicaciones de la Dirección General de Inmigración, Dirección Nacional de Migraciones, o en alguna de sus delegaciones en el interior del país.


Radicaciones MERCOSUR y Estados Asociados Temporarias
(Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela)

1. RESIDENCIA POR NACIONALIDAD

SI USTED ES NATIVO DE LOS SIGUIENTES PAÍSES:
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA,
REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL,
REPÚBLICA DE CHILE,
REPÚBLICA DE COLOMBIA,
REPÚBLICA DE ECUADOR,
REPÚBLICA DEL PARAGUAY,
REPÚBLICA DE PERÚ,
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY,
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, o es nacido en algún país NO MERCOSUR pero es nacionalizado en alguno de los países: BRASIL, URUGUAY, PARAGUAY, CHILE, BOLIVIA y posee CINCO (5) años de antigüedad en beneficio, PODRÁ SOLICITAR RESIDENCIA TEMPORARIA POR 2 (DOS) AÑOS


DOCUMENTACIÓN PERSONAL A PRESENTAR

a) IDENTIDAD: Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad con foto, originales. Estos documentos deberán encontrarse vigentes, en buen estado de conservación y con un juego de fotocopias completo inclusive hojas en blanco.
b) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINOS Emitido por Registro Nacional de Reincidencia o Policía Federal. Solo exigible a mayores de 16 años.
c) CERTIFICADO DE CARENCIA DE ANTECEDENTES PENALES emitidos por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años. Solo exigible a mayores de 16 (dieciséis) años.
d) DECLARACIÓN JURADA de carencia de antecedentes penales en otros países, (será confeccionada en migraciones al momento de la solicitud de residencia).
e) INGRESO. Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en la tarjeta migratoria.


  • CERTIFICADO DE DOMICILIO 
  • Tasa de radicación: MERCOSUR $300
  • DOS FOTOS 4x4 COLOR (Deberá ser actual, tomada de frente, medio busto, con la cabeza totalmente descubierta, color, con fondo uniforme blanco y liso, permitiendo apreciar fielmente y en toda su plenitud los rasgos faciales de su titular al momento de realizar el trámite).


MENORES DE EDAD: aquel extranjero que fuera menor de dieciocho (18) años, deberá contar con la autorización de alguno de sus padres. Ésta podrá ser suscripta ante la autoridad competente en el extranjero, con su respectiva legalización consular, ante escribano público en territorio nacional o ante un agente de esta Dirección Nacional al momento de iniciar la solicitud de residencia en la que deberá estar presente. En esta instancia el/los padres deberán acreditar residencia legal en la República Argentina y su vínculo con la partida de nacimiento legalizada del menor. En caso de venir acompañado por un tutor, deberá ser residente regular en el país y demostrar con el instrumento público correspondiente la tutela del menor. En el caso que fuera confeccionado en el exterior, deberá estar legalizado por autoridad consular Argentina.

IMPORTANTE
• Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya, o legalizada por el consulado del país emisor del documento en Argentina, sólo para MERCOSUR.
• Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional (Art. 6º Ley 20.305) y legalizada por el Colegio de Traductores, excepto idioma portugués para Brasil.
• La documentación a presentar deberá ser original e ir acompañada de su respectiva fotocopia, a fin de proceder a su certificación.

La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada

Residencia Argentina

Para que un extranjero pueda vivir-en-Argentina de manera legal es necesario tramitar la residencia según el criterio de admisión que se utilice, que puede ser permanente, temporaria o transitoria.  Para este fin la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante DNM) exigirá la presentación de la documentación personal que detallamos debajo, como así también, aquella documentación que sea probatoria de la adecuación de cada persona al criterio de admisión bajo el cual se solicita la residencia.   La DNM es sumamente meticulosa al momento de presentar la documentación por lo cual, a fin de evitar pérdidas descomunales de tiempo u omisiones sugerimos realizar el trámite con la ayuda de un estudio migratorio de primer nivel cuya tarea principal consta en gestionar la documental necesaria y acompañarlo a realizar el trámite a la dependencia involucrada y así evitar los habituales abusos de autoridad de los empleados de las dependencias públicas.

Con el Permiso de Ingreso emitido por la DNM y su pasaporte o cédula de identidad el extranjero debe dirigirse a la DNM para obtener le residencia precaria.   El día que se inicia el trámite al extranjero le es otorgada la Residencia Precaria que lo habilita a tramitar un CUIL (Clave Unificada de Identificación Laboral) en cualquier dependencia de ANSES y así trabajar de manera legal en Argentina.  Asimismo, la Residencia Precaria le permitirá estudiar.

Una vez que la DNM resuelve otorgar la residencia transitoria (según el caso podría demorar un mínimo de 30 días) el extranjero puede tramitar un DNI.  Asimismo, luego de haber obtenido la residencia transitoria por un mínimo de dos (2) años, será posible tramitar la residencia permanente.  A su vez, la residencia permanente habilitará a la tramitación de la ciudadanía.


Los requisitos para tramitar la Residencia Precaria:


  • Pago de tasa de radicación  para países del Mercosur AR$ 300 y países No Mercosur AR$600.
  • Dos fotos 4×4 con Fondo Blanco o Azul.
  • Certificado de Antecedentes Penales país de origen.  Si estuviera en otro idioma que no fuera español deberá estar traducido por un Traductor Público en Argentina y legalizado en el Colegio de Traductores correspondiente.
  • Certificado de Antecedentes Penales Argentinos.
  • Partida de Nacimiento Certificada.
  • Pasaporte o Cédula o Certificado de Nacionalidad. En caso de llevar el Pasaporte, fotocopiar todas las hojas incluyendo las hojas en blanco.
  • Sello de Ingreso al país en el documento de viaje o Tarjeta Migratoria es el que generalmente se coloca  en el pasaporte.  Acompañar fotocopia de las primeras páginas del pasaporte y también de las que  incluyen el sello.
  • Se debe sacar un turno en la DNM una vez que se hubiera tramitado los Antecedentes Penales Argentinos.